Podrán pertenecer a la Asociación aquellas personas físicas o jurídicas con capacidad de obrar que tengan interés por los fines o el desarrollo de los fines de la Asociación.
1. SOCIOS SIMPATIZANTES
• SIMPATIZANTES: No tienen ningún compromiso económico con la Asociación. Recibirán información y podrán hacer sugerencias y tomar parte en cuantas actividades se organicen. Formarán parte de la Asociación una vez recibida su solicitud y admitida en Asamblea General. Se les asignará un número de socio (S-0000-S) con el que deberán identificarse para disfrutar de las ventajas y beneficios que se describan en cada actividad organizada. De forma voluntaria podrán realizar cualquier donativo; la Asociación emitirá el certificado para la correspondiente deducción fiscal.
• SIMPATIZANTES TITULARES: Recibirán información y podrán hacer sugerencias y tomar parte en cuantas actividades se organicen para colaborar en el desarrollo de sus fines. Formarán parte de la Asociación una vez recibida su solicitud y admitida en Asamblea General. Se les asignará un número de socio (S-0000-T) con el que deberán identificarse para disfrutar de las ventajas y beneficios que se describan en cada actividad organizada. Para gastos de administración y titularidad, se abonará, como donativo, un recibo ANUAL. De forma voluntaria podrán realizar cualquier donativo; la Asociación emitirá el certificado para la correspondiente deducción fiscal.
2. SOCIOS DE NÚMERO, que serán los que ingresen para colaborar en el desarrollo de sus fines teniendo una antigüedad de, al menos, un año como socio SIMPATIZANTE TITULAR. Cumplirán con los Estatutos y los acuerdos válidos de las Asambleas y la Junta Directiva. Abonarán las cuotas que se fijen. Asistirán a las Asambleas y demás actos que se organicen. Desempeñarán, en su caso, las obligaciones inherentes al cargo que ocupen. Los socios de número tendrán que estar vinculados a una actividad. Para ser socio de número se presentará un proyecto de Educación o Desarrollo, de acuerdo a los fines de la Asociación. El proyecto se enviará por mail, indicando el número de socio y una breve descripción no superior a dos páginas. La Asamblea General se pronunciará sobre su aprobación. En el caso de estimación favorable la persona o grupo que lo firmen serán responsables de la dirección del proyecto, avalado por la Asociación.
3. SOCIOS DE HONOR, los que por su prestigio o por haber contribuido de modo relevante a la dignificación y desarrollo de la Asociación, se hagan acreedores a tal distinción. El nombramiento de los socios de honor corresponderá a la Junta Directiva o Asamblea General.